Recordando también la decisión II/5 de la conferencia
de las partes en el convenio, de 17 de noviembre del 1995, relativa a la
elaboración de un protocolo sobre seguridad de la biotecnología, centrado
específicamente en el movimiento transfronterizo de cualesquiera organismos
vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener
efectos adversos para la conservación y la utilización sostenible de la
diversidad biológica, que establezca en particular, para su examen,
procedimientos adecuados para un acuerdo fundamento previo. Reconociendo que la biotecnología moderna tiene
grandes posibilidades de contribuir al bienestar humano si se desarrolla y
utiliza con medidas de seguridad adecuadas para el medio ambiente y la salud
humana.el objetivo del presente protocolo es contribuir a
garantizar un nivel adecuado de protección en la esfera de la esfera de la
transferencia, manipulación y utilización seguras de los organismos vivos
modificados resultantes de la biotecnología moderna que puedan tener efectos
adversos para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad
biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana, y
centrándose concretamente en los movimientos transfronterizos.
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